En Ecuador, un contrato tácito es aquel que se forma por la conducta de las partes, es decir, aunque no haya un acuerdo escrito o verbal explícito, existe una relación comercial o de servicios en la que se puede inferir la existencia de un acuerdo implícito entre las partes. Por ejemplo, si una persona va a un restaurante y ordena una comida, se presume que hay un contrato tácito entre el cliente y el restaurante para el suministro de la comida a cambio del pago del precio correspondiente.
Por otro lado, un contrato expreso es aquel en el que las partes han llegado a un acuerdo por escrito o de forma verbal explícita. En este caso, las condiciones del contrato están claramente definidas y se establecen desde el inicio de la relación comercial o de servicios. Por ejemplo, si una persona firma un contrato de arrendamiento de una vivienda, todas las condiciones del contrato, incluyendo el precio del arriendo, el plazo, las responsabilidades de las partes, etc. se establecen de manera expresa en el contrato.
Es importante tener en cuenta que tanto los contratos tácitos como los contratos expresos tienen validez legal en Ecuador, siempre y cuando se cumplan las condiciones y requisitos necesarios para su formación. Sin embargo, es recomendable que las partes involucradas en una relación comercial o de servicios establezcan un contrato escrito y explícito, ya que esto ayuda a prevenir malentendidos y conflictos futuros.
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